Los jubilados de la Comunidad de Madrid ya pueden solicitar la ayuda al alquiler anunciada por el Gobierno regional el pasado mes de septiembre. La prestación –que se estima ayudará a unas 2.500 personas de este grupo poblacional que no dispongan de vivienda propia y estén pagando un alquiler– supone una asignación anual de 525 euros.
El plazo para realizar la solicitud arrancó el pasado 1 de enero de 2026 y permanecerá abierto hasta el 31 de diciembre para el año en curso. El trámite se puede realizar en la web de la Administración Digital de la Comunidad de Madrid y se resolverá en una ventana temporal de no más de tres meses.
Este Complemento de alquiler de vivienda para titulares de Pensión No Contributiva (por invalidez o jubilación), que así se denomina, se entrega en forma de un único pago.
10 requisitos clave para la ayuda al alquiler para jubilados

La Comunidad de Madrid establece que los requisitos que deben cumplir las personas solicitantes para poder optar a esta ayuda al alquiler son diez y son los siguientes:
- Disponer de una pensión no contributiva en nómina, tanto en el momento de presentación de la solicitud como en la fecha de resolución.
- Presentar la solicitud en plazo (desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año correspondiente a la ayuda de alquiler).
- No tener vivienda en propiedad.
- La vivienda para la cual se solicita la ayuda debe ser el domicilio habitual.
- Ser arrendatario titular del contrato de alquiler.
- En el caso de varios arrendatarios beneficiarios de PNC, solo podrá solicitarlo el que figure en primer lugar.
- Residir en la vivienda al menos 180 días antes de la solicitud.
- Vigencia mínima del contrato de alquiler de 1 año.
- No tener relación de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador o propietario de la vivienda alquilada.
- El arrendamiento tiene que ser una vivienda, no siendo válido el alquiler de un local, garaje, o habitación.
Por otro lado, junto a la solicitud se deberá presentar la siguiente documentación:
- Acreditación de la representación legal cuando la solicitud se suscriba por parte de persona distinta al beneficiario de la pensión no contributiva.
- Contrato de arrendamiento. En caso de no existir contrato, recibos o facturas del pago del alquiler que cubran una anualidad completa, donde figure obligatoriamente la localización de la vivienda e identificación de arrendador (propietario) y arrendatario (inquilino).
- Declaración Anual de Ingresos de titulares de Pensión no Contributiva correspondiente al mismo año que la solicitud de complemento de alquiler.
Teléfonos y recursos para información adicional
Para resolver dudas acerca de este trámite hay varios recursos a los que se puede recurrir, a saber:
- Servicio de Prestaciones Económicas de la Subdirección General de Prestaciones Económicas Sociales (calle O’Donnell, 50).
- Teléfono información general: 913 92 56 86.
Teléfono de cita previa: 913 92 56 04 – 913 92 56 10. - Correo electrónico: atencionalciudadano@012.madrid.org; prestacioneseconomicas@madrid.org.