La Comunidad de Madrid ofrece deducciones de gastos educativos con los que a las familias con hijos les pueden devolver parte de dichos gastos a la hora de hacer la declaración de la renta: concretamente los asociados a la escolaridad obligatoria, la adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar y la enseñanza de idiomas.
Las deducciones son aplicables a los gastos soportados en los niveles de Educación Infantil, Enseñanza Obligatoria y Formación Profesional Básica en los siguientes porcentajes:
- 5% de los gastos de vestuario de uso escolar (uniformes).
- 15% de los gastos de enseñanza de idiomas extracurriculares (desde la renta de 2023).
- 15% de los gastos de escolaridad obligatoria (segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, ESO y FP Básica).
La casilla de la renta correspondiente a estas deducciones, por cierto, es la [1044].
Cuantía de las deducciones en la renta por gastos escolares en Madrid
La cantidad a deducir no superará los siguientes umbrales:
- 412,40 euros por cada uno de los hijos o descendientes para las deducciones de enseñanza de idiomas y/o vestuario.
- 927,90 euros por cada uno de los hijos o descendientes en el caso de que los contribuyentes tengan derecho a practicar deducción, además de por los gastos del párrafo anterior o exclusivamente, por gastos de escolaridad.
- El límite será de 1.031 euros por cada uno de los hijos o descendientes que cursen, durante el ejercicio, estudios del primer ciclo de Educación Infantil.
Requisitos para las deducciones de gastos escolares en Madrid

Estas deducciones, explican desde la Agencia Tributaria, son aplicables siempre y cuando la suma de la base imponible general y del ahorro del contribuyente, junto con la correspondiente al resto de miembros de su unidad familiar no supere, en euros, la cifra resultante de multiplicar por 30.930 el número de miembros de dicha unidad familiar.
En otras palabras: se puede disfrutar de esta deducción si la suma de las casillas [0435] y [0460] de la declaración de la renta no supera el resultado de esa multiplicación que indica la Agencia Tributaria.