Las terrazas de Madrid se enfrentan a un cambio de legislación con consecuencias a varios niveles. A los ciudadanos normales, consumidores de cañas al aire libre cuando el tiempo acompaña, solo nos afecta un poco en los horarios. Pero para profesionales y para los vecinos de las zonas cumbre del terraceo este es un asunto fundamental.
Todo procede de la revisión de la normativa de la Zona de Protección Acústica Especial, que ha primado el silencio y el descanso a las libertades de los comercios nocturnos en función de su ubicación en la ciudad.
Como decíamos, esto es importante para ti, que sales y duermes en Madrid como el resto de los mortales; pero también para las actividades de hostelería como restaurantes, pubs y discotecas.
La ciudad de Madrid se va a dividir en tres zonas delimitadas según sus niveles de contaminación acústica, y el horario de las terrazas al aire libre será diferente en cada una de ellas.
Zona de contaminación acústica alta (donde el ruido supera los 10 dBA).
- Horario de las terrazas en verano (del 16 de marzo al 15 de octubre): De 09:00 h a 01:00 h en viernes, sábado y víspera de festivo. Hasta las 00:00h lunes, martes, miércoles, jueves y domingo.
- Horario de las terrazas el resto del año. De 9:00 h a 23:00 h.
En esta área NO podrán abrirse nuevos locales de espectáculos ni actividades recreativas (discotecas, cafés con espectáculo, salas de fiesta…).
Zona de contaminación moderada (donde el ruido oscila entre los 5 y los 10 dBA).
- Horario de las terrazas en verano (del 16 de marzo al 15 de octubre): De 09:00 h a 01:30 h en viernes, sábado y víspera de festivo. Hasta las 00:00h lunes, martes, miércoles, jueves y domingo.
- Horario de las terrazas el resto del año. De 9:00 h a 23:00 h.
En esta área NO podrán abrirse nuevos locales de espectáculos ni actividades recreativas (discotecas, cafés con espectáculo, salas de fiesta…), pero sí bares y restaurantes que respeten ciertas distancias.
Los negocios que más ruido hagan podrán cambiar de actividad a una más silenciosa, pero no al revés (por ejemplo, un club nocturno podrá transformarse en bar, mientras que la operación contraria estará prohibida).
Zona de contaminación baja (donde el ruido no llega a los 5 dBA).
- Horario de las terrazas en verano (del 16 de marzo al 15 de octubre): De 09:00 h a 01:30 h en viernes, sábado y víspera de festivo. Hasta las 00:00h lunes, martes, miércoles, jueves y domingo.
- Horario de las terrazas el resto del año. De 9:00 h a 23:00 h.
En esta área SÍ podrán abrirse nuevos locales de espectáculos ni actividades recreativas (discotecas, cafés con espectáculo, salas de fiesta…) respetando ciertos límites de distancias.
La nueva ZPAE permitirá también que los vecinos soliciten retirar la licencia de una terraza, prohíbe instalar «falsas terrazas» (las que no tienen una pared de cerramiento) e impide que los nuevos locales tengan ventanas o huecos abiertos al exterior.