El Ayuntamiento de Madrid ha confirmado que no devolverá el dinero de las multas de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) anuladas por los tribunales, pese a la reciente decisión del Tribunal Supremo que deja en el aire más de tres millones de sanciones.
La vicealcaldesa Inma Sanz ha reiterado que el consistorio no reintegrará de oficio las cuantías cobradas por multas ZBE afectadas por la nulidad judicial. El argumento principal es que la sentencia del Supremo “no tiene efecto retroactivo”, de modo que, según su interpretación, solo condiciona los expedientes aún en tramitación y no las sanciones ya pagadas y firmes. El Ayuntamiento se apoya en la jurisprudencia general de tráfico para defender que no está obligado a revisar de manera masiva los expedientes cerrados.
Qué ha decidido el Tribunal Supremo sobre la ZBE

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso del Ayuntamiento de Madrid y ha hecho firme la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anulaba varios artículos de la Ordenanza de Movilidad que definían el ámbito de la ZBE de la capital. Esto supone la nulidad parcial del marco legal que sirvió de base para imponer las sanciones, y abre la puerta a cuestionar la validez de más de 3,3 millones de multas emitidas entre 2021 y 2025, por un importe que ronda los 650 millones de euros. El Supremo considera que el Ayuntamiento no acreditó un “interés casacional” suficiente, por lo que la anulación del TSJM queda consolidada y ya no admite nuevos recursos.
Las asociaciones de automovilistas, como AEA, sostienen que la nulidad de la ordenanza debería traducirse en la anulación de las sanciones y en la devolución del dinero cobrado. Reclaman que el Ayuntamiento paralice la tramitación de los expedientes abiertos y habilite un procedimiento para reintegrar las cantidades abonadas, al considerar que se ha producido un “daño patrimonial” a los conductores. Sin embargo, el consistorio se mantiene en que no habrá devoluciones masivas automáticas y que cualquier reclamación tendrá que canalizarse caso por caso, vía recursos administrativos o contencioso‑administrativos.
La nueva ordenanza y las multas a partir de ahora
En marzo de 2026 Madrid ha aprobado una nueva Ordenanza de Movilidad, actualmente en vigor, que vuelve a regular la ZBE y trata de subsanar los defectos legales detectados en la normativa anterior. Las restricciones a los vehículos más contaminantes siguen operativas, y se mantiene el régimen sancionador: entrar sin autorización a la ZBE está tipificado como infracción grave, con multas estándar de 200 euros, habitualmente reducidas al 50% por pronto pago. Es decir, la sentencia no elimina las restricciones ni las sanciones actuales, sino que afecta al encaje jurídico de la etapa anterior y al debate sobre las multas ya emitidas.
Quien tenga una multa antigua vinculada a los artículos anulados puede intentar reclamar, alegando la nulidad de la ordenanza en la que se basó la sanción. En general, el procedimiento pasa por presentar recurso de reposición o alegaciones en vía administrativa dentro de plazo, y, si se desestiman, acudir a la vía contencioso‑administrativa en los tribunales. En el caso de sanciones ya firmes y pagadas, los expertos recomiendan estudiar la viabilidad de solicitar la devolución de ingresos indebidos, aunque esto previsiblemente exigirá litigios individuales o acciones colectivas promovidas por asociaciones de conductores.