El 2 de enero de 2021 entró en vigor el nuevo Real Decreto que regula la circulación de los patinetes eléctricos. El patinete ha sido definido como Vehículo de Movilidad Personal (vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados por motores eléctricos).
La nueva regulación bajo la que se rige el tráfico de patinetes eléctricos fue aprobada en Consejo de Ministros el 10 de noviembre de 2020. E incluye, entre otras cosas, la prohibición de circular por aceras o zonas peatonales. Tampoco podrán circular por túneles, vías interurbanas, travesías, autopistas o autovías. Además, la velocidad de circulación máxima son los 25 km/h.
El Reglamento General de Vehículos y el Reglamento General de Circulación también comprenden otras cuestiones como la imposibilidad de llevar auriculares, de hacer uso del móvil o de conducir con presencia de drogas en el organismo.