
La campaña para la Renta 2024 empieza el próximo 2 de abril y aunque lleves ya muchos años pasando por este trance anual, siempre quedan dudas sobre las deducciones autonómicas en Madrid.
La Comunidad de Madrid ofrece un total de 25 deducciones autonómicas en el IRPF, diseñadas para beneficiar a distintos perfiles de contribuyentes y fomentar actividades clave como la natalidad, el acceso a la vivienda, el cuidado familiar y las inversiones.
Estas deducciones tienen en algunos casos baremos diferentes, dependiendo si se aplican a declaraciones individuales o declaraciones conjuntas, siempre que se cumplan los requisitos.
Deducciones autonómicas por circunstancias personales y familiares
- Nacimiento o adopción de hijos: hasta 721,70 € por cada hijo nacido o adoptado.
- Adopción internacional de niños.
- Acogimiento familiar de menores.
- Acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o personas con discapacidad: deducción de 1.546,50 € por persona acogida.
- Cuidado de ascendientes mayores de 65 años o con discapacidad: incentivo de 515 €.
- Cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad.
- Familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos.
- Obtención de la condición de familia numerosa: bonificación del 50 % en la cuota autonómica durante tres años (100 % en categoría especial).
Deducciones relativas a la vivienda habitual
- Arrendamiento de vivienda habitual: descuento del 30 % del alquiler, hasta 1.237,20 €, para menores de 35 años.
- Pago de intereses de préstamos hipotecarios para jóvenes menores de 30 años: hasta 1.031 € anuales.
- Adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos: rebaja del 10 %, prorrateada durante diez años.
- Incremento en los costes por alza en los tipos de interés.
- Adquisición en municipios en riesgo de despoblación.
- Cambio de residencia a municipios en riesgo de despoblación.
Deducciones autonómicas por donativos y donaciones
- Donativos a fundaciones y clubes deportivos: Deducción del 15 % con ciertos límites.
Otros conceptos deducibles
- Gastos educativos: incluye material escolar y enseñanza complementaria.
- Inversión en acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o recientes: hasta un 50 % con límite anual.
- Fomento del autoempleo para jóvenes menores de 35 años.
- Inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil.
- Gastos derivados del arrendamiento.
- Pago de intereses por préstamos para estudios universitarios (Grado, Máster y Doctorado).
- Arrendamiento de viviendas vacías: deducción del 10 % sobre ciertos gastos.
- Inversiones realizadas por nuevos contribuyentes procedentes del extranjero.