Hace justo una semana que el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid dio luz verde a la convocatoria de ayudas para el Bono de Alquiler Joven, financiada por el Estado y a la que se destinarán 31,8 millones de euros.
El Bono de Alquiler Joven, de concesión directa, está dirigido a jóvenes de entre 18 y 35 años que podrán acceder a una ayuda de 250€ mensuales (durante un periodo máximo de dos años) para pagar el alquiler de una vivienda o una habitación en la Comunidad de Madrid.
Dichas ayudas se concederán para alquileres que en el caso de los pisos deben ser iguales o inferiores a 600€ y, si se trata de una habitación, deberán ser iguales o inferiores a 300€ mensuales. Sin embargo, en 29 municipios ese tope sube hasta los 900€ y los 450€, respectivamente.
Esos municipios son: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Algete, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, Getafe, Collado Villalba, Coslada, Fuenlabrada, Galapagar, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Majadahonda, Móstoles, Parla, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Rivas-Vaciamadrid, San Fernando de Henares, San Sebastián de los Reyes, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Tres Cantos, Valdemoro, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo y Villaviciosa de Odón
¿Cómo solicitar el Bono de Alquiler Joven?
La solicitud para acceder a esta ayuda se puede realizar desde este miércoles 21 de septiembre de manera telemática a través de este enlace. Junto con la solicitud, el Gobierno regional detalla que deberá presentarse la siguiente documentación:
- Contrato de alquiler.
- Certificado de empadronamiento colectivo e histórico.
- Copia del permiso de residencia de larga duración o del permiso de residencia temporal (en el caso de extranjeros no comunitarios).
- Justificantes de los pagos del alquiler de las mensualidades vencidas a fecha de la solicitud de la ayuda.
- Declaración del IRPF o bien certificado de imputaciones de la AEAT y/o otra documentación justificativa de los ingresos anuales de 2021 de arrendatarios y de los mayores de edad que componen la unidad de convivencia, si procede.
- Documentación acreditativa de disponer de una fuente regular de ingresos.
- Si se ha venido disfrutando del Bono Alquiler Joven en otra Comunidad o Ciudad Autónoma deberá aportar un certificado expedido por la Administración de origen indicando las cuantías y las mensualidades ya reconocidas.
- Nota de Localización ofrecida por el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, de titularidades inscritas a favor del solicitante y de todas las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Bono de Alquiler Joven?
Según el Gobierno regional, «se resolverán favorablemente todas aquellas solicitudes que cumplan todos los requisitos mientras exista crédito disponible en el momento de la concesión. ¿Y cuáles son esos requisitos? Como detallábamos en este artículo sobre cómo funciona el Bono de Alquiler Joven, son tener entre 18 y 35 años, que la renta del solicitante sea inferior a 24.318€ y ser titular de un contrato de arrendamiento.
Además de los anteriores, la lista la completan otros como que la vivienda constituya la vivienda habitual y permanente, no ser propietario o usufructuario de una vivienda en España y poseer nacionalidad española o residencia legal en España. El listado completo se puede consultar en esta web.
Por otro lado, cuando en un mismo piso convivan dos o más personas jóvenes, cada una de ellas podrá recibir esta ayuda siempre y cuando:
- En el momento de solicitar la ayuda ninguna de las personas que convivan en la vivienda tengan parentesco en primer grado de consanguinidad, o bien todos tengan una edad no superior a 35 años.
- Suscriba el contrato de arrendamiento, y sus ingresos individuales se correspondan con una renta anual igual o inferior a 3 veces el IPREM (24.318€).
En Madrid el Bono de Alquiler Joven tendrá carácter retroactivo, es decir, quienes reciban esta ayuda lo harán contando desde el mes de enero de este año.