La nueva tasa de basuras de Madrid encara sus días decisivos en los tribunales. En aproximadamente una semana, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dictará sentencia sobre el recurso presentado por la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) contra la ordenanza que creó la nueva Tasa de Gestión de Residuos del Ayuntamiento, estrenada en 2025 y que ha encarecido de golpe el recibo de basura de cientos de miles de hogares y comercios. En juego hay cerca de 300 millones de euros y la posibilidad de que la tasa quede anulada, como ya ocurrió en su día con la plusvalía municipal.
A diferencia de las reclamaciones individuales contra liquidaciones concretas, el recurso de Aedaf impugna directamente la ordenanza fiscal 8/2024 que regula la tasa, es decir, la propia regla municipal que la crea. Esto ha permitido un trámite más rápido: el procedimiento está ya en fase de conclusiones y solo falta la sentencia del TSJM, prevista para este mes de febrero. El núcleo del debate jurídico es si el método de cálculo elegido por el Ayuntamiento —donde el 81% de la cuota depende del valor catastral del inmueble— respeta el principio de “pago por generación” que exige la Ley 7/2022: que pague más quien más residuos genera, no quien vive en una casa más cara.
Por qué se habla de “tasazo” y cómo recurirlo

Desde el 1 de septiembre de 2025, la nueva tasa de basuras se cobra de forma separada al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y ha supuesto subidas notables de la factura de residuos. Ahora son unos 140 euros anuales de media para viviendas y unos 310 para comercios, con casos que superan los 400 o 450 euros en función del valor catastral. Colectivos vecinales, asociaciones de consumidores y partidos de la oposición la consideran “injusta, desproporcionada y poco transparente”, al no tener en cuenta factores como el número de personas que viven en una casa o el uso real del inmueble. El Ayuntamiento, por su parte, defiende que la tasa es obligatoria por ley estatal, que debe cubrir el 100% del coste de recogida y tratamiento de residuos y que se han introducido bonificaciones para rentas bajas y familias numerosas.
Si el TSJM declara nula la ordenanza, se abriría un escenario similar al de la plusvalía municipal: la tasa dejaría de poder cobrarse tal y como está diseñada y el Consistorio tendría que rehacerla para adaptarla a los criterios del tribunal. Sin embargo, la devolución del dinero no será automática para todo el mundo. Los expertos de Aedaf recuerdan que solo tendrán derecho a recuperar lo abonado quienes hayan recurrido su liquidación dentro del plazo de un mes desde la notificación, ya sea mediante recurso de reposición ante la Agencia Tributaria de Madrid o reclamación económico‑administrativa ante el TEAMM.
Por eso, en los últimos meses proliferan las plataformas, desde gestorías privadas hasta asociaciones vecinales o partidos como Más Madrid, que ofrecen formularios y guías para impugnar el recibo, muchas veces recomendando pagar primero y reclamar después para evitar recargos de apremio y posibles embargos. Si la sentencia es favorable a los recurrentes, su dinero podría ser reintegrado, mientras que el resto de contribuyentes se quedaría sin esa vía de devolución.
En paralelo al pulso judicial, el gobierno de José Luis Martínez‑Almeida ha anunciado ajustes en la tasa de cara a 2026, con el objetivo declarado de “aportar mayor equidad y seguridad jurídica” al cálculo. Entre los cambios en estudio figuran la revisión del peso del valor catastral, la introducción de más tramos en función del uso del inmueble o la ampliación de bonificaciones para determinados colectivos. No obstante, el Ayuntamiento insiste en que la tasa en sí no desaparecerá, porque la ley obliga a todos los municipios de más de 5.000 habitantes a implantar un tributo específico para financiar la gestión de residuos.