Decía el escritor italiano di Lampedusa que es necesario que todo cambie para que todo siga igual; en Madrid todo cambia (diariamente) y es difícil afirmar que algo sigue igual. El nuevo cambio es un relativo regreso a la situación de hace una semana: ahora sí que se permiten las reuniones sociales y nocturnas en espacios privados entre no convivientes si no se superan las seis personas. La medida, que entró en vigor durante la noche del pasado sábado, ha quedado suspendida.
El toque de queda, sin embargo, sí que se mantiene tal y como se anunció a finales de la semana anterior. La movilidad callejera entre las 0.00h y las 6.00h está restringida. El artículo 1 del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) lo contempla así: “las horas de comienzo y de finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno que establece dicho precepto quedan fijadas, respectivamente, a las 0.00 y las 6.00”
¿Es compatible el toque de queda con la reunión nocturna entre no convivientes? Parece que sí: uno puede estar en una casa distinta a la suya (pero no en la calle) entre las 0.00h y las 6.00h.
Al respecto, el artículo 3 del BOCM indica que: “la permanencia de grupos de personas en espacios de uso publico, tanto cerrados como al aire libre, quedará condicionado a que no se supere el numero máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes”.
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