Los precios del abono transporte para 2025 en Madrid mantendrán su descuento el próximo año. La confirmación oficial por las autoridades competentes disipa por fin, a pocos días de acabar el año, la incertidumbre acerca de esta cuestión. Pero la rebaja del 60% no es la única de la que se podrán beneficiar los madrileños y madrileñas en términos de movilidad: hay una manera de conseguir tres años de transporte público gratuito.
Esto se debe a una medida que la Comunidad de Madrid publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el pasado 25 de noviembre según la cual quienes achatarren su vehículo sin etiqueta medioambiental se podrán beneficiar de tres años de transporte público gratuito en la zona tarifaria C2 –aquí puedes consultar el territorio que abarca–. El documento donde queda recogida la norma se puede consultar en este enlace.
El gobierno regional, no obstante, ofrece hasta otras tres alternativas a cambio de dar de baja un coche contaminante. A saber:
- La concesión de bonos ambientales de movilidad cero emisiones por valor de 1.250€. Permiten el uso de servicios de movilidad compartida (carsharing y motosharing).
- La concesión de una ayuda de 1.000 euros.
- La concesión de una ayuda de 2.000 euros, en el caso de que se adquiera además un vehículo de categoría M1 o N1 con distintivo ambiental etiqueta ECO o 0.
Requisitos para acceder al transporte público gratuito
Para poder acceder a la ayuda los vehículos deberán:
- Ser de categoría M1 o N1.
- Estar matriculados en España.
- No disponer del distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico.
- Estar al corriente del pago del impuesto de vehículos de tracción mecánica correspondiente a la última anualidad.
- En cuanto al solicitante, debe haber sido su titular en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico desde al menos el 1 de enero de 2021.
¿Quién pueden beneficiarse de esta medida?
Se podrán beneficiar de las ayudas por achatarramiento de vehículos sin distintivo ambiental los siguientes grupos:
- Las personas físicas.
- Los profesionales autónomos (correspondientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social) que desarrollen su actividad económica en zonas de bajas emisiones de municipios de la Comunidad de Madrid en el momento del achatarramiento del vehículo por el que se solicita la subvención.
- Las pequeñas y medianas empresas (PYME) que desarrollen su actividad económica en zonas de bajas emisiones de municipios de la Comunidad de Madrid en el momento del achatarramiento del vehículo por el que se solicita la subvención.
Para más detalles sobre esta medida (y otras) puedes consultar el anexo de la página 99 del BOCM «Normas reguladoras para la concesión de incentivos del Plan Mueve Madrid: Ayudas para el fomento de la movilidad sostenible y accesible para todos en la Comunidad de Madrid».