La Comunidad de Madrid subvencionará la compra de determinados vehículos no contaminantes, ya puedes solicitar la ayuda y te contamos cómo puedes hacerlo, así como los requisitos que hay que cumplir.
Esta línea de ayudas directas fue presentada ayer por Isabel Díaz Ayuso, presidenta regional, que señaló que el presupuesto de la acción era de tres millones de euros. Ayuso también habló de la intencionalidad de estas subvenciones: “reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorar la calidad del aire”.
Ayuso también señaló que la ayuda está dividida en dos partes. Por un lado, una parte de la partida presupuestaria tiene forma de bono medioambiental y la otra es una ayuda directa.
Bono medioambiental
Se trata de una ayuda para los ciudadanos que estén en posesión de un vehículo contaminante o que no tenga etiqueta medioambiental. Ayuso dijo que los beneficiarios serían: “los madrileños que entreguen para achatarrar su vehículo que tenga 10 años o que no tenga etiqueta”.
El bono medioambiental es un bono de 1.250€ a gastar en dos años en aquellas empresas de motosharing o carsharing adheridas al programa.
Ayuda directa
Sobre el otro tipo de ayuda, la que financia en un 50% la compra, Ayuso ha dicho que los beneficiarios serán quienes compren un: “vehículo eléctrico no contaminante de movilidad personal cero emisiones, ya sean patinetes, bicicletas o ciclomotores eléctricos”.
Estas subvenciones cubrirán hasta el 50% del precio, pero habrá límites. En el caso de patinetes, 150€; en el caso de bicicletas (de potencia inferior o igual a 250W), de 600€; y en el caso de ciclomotores (de dos ruedas tipo L1 e-B), de 750€.
Los requisitos para la adquisición de cada vehículo están concebidos en este link.
¿Quién se puede beneficiar?
Los posibles beneficiarios de esta ayuda son las personas mayores de edad y residentes en la Comunidad de Madrid que cumplan con las obligaciones recogidas en los artículos 13 y 14 de la Ley General de Subvenciones.
Además, es obligatorio estará al corriente de obligaciones tributarias y que no tengan deudas con la Administración Autonómica. No podrán recibir esta ayuda quienes hayan recibido subvenciones de índole similar.
No es posible, tampoco, pedir ambas ayudas (el bono medioambiental y la directa) a la vez. Y es necesario haber pagado el vehículo (si es que ya ha sido adquirido) mediante entidad financiera y no en efectivo o a través de un ingreso en cuenta.
¿Cómo pido la ayuda?, ¿hasta cuándo puedo pedirla?
El plazo para pedir la ayuda acaba el 15 de noviembre y la subvención tiene carácter retroactivo. Es decir, la ayuda cubre los vehículos adquiridos entre el 1 de enero de 2020 y el 15 de noviembre de 2020.
Para solicitar la ayuda es necesario cumplimentar la solicitud en el formulario, aportar la documentación (aquí tienes toda la información) y presentarla en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid (o cualquier otro registro electrónico contemplado por la ley).
También se puede hacer presencialmente en los siguientes espacios: oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, oficinas de asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, oficinas de la Administración General del Estado u oficinas de otras Comunidades Autónomas o de Entidades Locales.