La Comunidad ha aprobado un proyecto que liberará el horario de las farmacias permitiendo que éstas puedan abrir todas las horas que quieran al día.
La nueva Ley de Farmacia de la región hará posible que las farmacias puedan prestar atención farmacéutica domiciliaria a mayores dependientes o pacientes vulnerables. Así mismo, exigirá una apertura mínima de 40 horas semanales, pero permitirá que estos centros puedan abrir las horas del día que quieran (siempre cuando respeten el total de horas obligatorias y presten los citados servicios).
Esta nueva legislación ha sido aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, pero antes de implantarse por completo, deberá pasar por la Asamblea para su tramitación parlamentaria.
En la actualidad, las 2.866 farmacias de la región tienen que optar entre cuatro horarios: 40 horas semanales (de 9.30 a 13.45 y de 17.00 a 20.00 de lunes a viernes y sábados de 10 a 13.45) —ampliable media hora del 15 de junio al 15 de septiembre—, 12 horas al día (de 9.30 a 21.30), 13.30 horas al día (de 9.30 a 23:00) y 24 horas al día. El único requisito impuesto por el Ejecutivo es que las farmacias deberán estar abiertas como mínimo 40 horas semanales. Así, los negocios estarán obligados a abrir de lunes a viernes desde las 10.00 a 13.00 y desde las 17:00 a las 20:00. Los sábados abrirán de 10.00 a 13.00. Este requisito pertenece a la franja de horario fija, mientras que la franja de horario variable se «determinará voluntariamente por las oficinas de farmacia».
Con esta reforma (que sustituye a la que había vigente desde 1998) los establecimientos podrán abrir en función de las necesidades del barrio en el que se encuentren. Esto es, un centro farmacéutico podría abrir 10 0 15 horas al día si esa es la demanda del local.
En el caso de que alguna farmacia desee ampliar su horario de apertura a más de 40 horas semanales, el titular del centro deberá comunicar a la Consejería de Sanidad y al Colegio de Farmacéuticos el nuevo horario de su establecimiento. Esta notificación deberá hacerse antes del 15 de diciembre y será de obligado cumplimiento durante todo el año siguiente.
La nueva normativa permitirá un servicio más cercano y personalizado a los usuarios de cada farmacia al incluir la posibilidad de prestar atención farmacéutica domiciliaria a mayores dependientes o pacientes en situación de vulnerabilidad para realizar seguimiento de sus tratamientos. Esto supondrá que los farmacéuticos, además de llevar los medicamentos a los domicilios, podrán realizar un seguimiento de los tratamientos de estos paciente como complemento al que el personal sanitario haga.