El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado Madrid Central y lo ha hecho aduciendo “defectos formales” en las restricciones aprobadas por Manuela Carmena, antigua alcaldesa de Madrid.
La decisión ha sido tomada en la Seccion Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo a tenor de las alegaciones presentadas por la Comunidad de Madrid, el Partido Popular en el Ayuntamiento de Madrid y la mercantil DVuelta Asistencia Legal. Esta dedición se toma “sin entrar al fondo del asunto y sin valorar la delimitación de esta zona de bajas emisiones”, según informa el TSJM en el comunicado presentado al respecto.
La normativa que regula la creación y el funcionamiento de Madrid Central queda sin efectos. El argumento jurídico es la presencia de “defectos formales” y “la omisión del trámite de información pública” ya que este es un requisito “esencial, preceptivo e indispensable al tratarse de una de las principales manifestaciones del derecho que los españoles tienen a participar en los asuntos públicos y que está reconocido en la Carta Magna”.
Ahora, habida cuenta de que la ordenanza “carece de una justificada memoria económica” y considerando la posibilidad de que las tres sentencias alcancen firmeza, podrían anularse todas las multas impuestas.