Septiembre, al contrario de lo que muchos creen, es un mes de viajes. El año pasado, el turismo extranjero en España durante este periodo incrementó un 14,6% respecto a 2022. Además, pedir vacaciones justo antes del otoño ha ganado popularidad entre los viajeros españoles: según Destinia, el 14% de ellos prefiere organizar sus escapadas al terminar agosto, especialmente los menos previsores.
Nada más comenzar septiembre (y con él, sus operaciones salida), cambia la normativa para el equipaje de mano en los aeropuertos. A nivel nacional, esta medida afecta especialmente a Adolfo Suárez Madrid-Barajas y Josep Tarradellas Barcelona-El Prat.
El Reglamento de Seguridad de la Aviación impuesto por la Unión Europea prohíbe a los pasajeros llevar objetos que contengan más de 100 ml en la maleta de cabina. Esta norma es aplicable a geles, espumas, dentífricos, colonias, champús, aerosoles, cremas y alimentos no infantiles.
El origen del cambio: pausa indefinida para los escáneres C3
El cambio de normativa es la consecuencia de las restricciones a los C3, unos escáneres que inspeccionan objetos a través de imágenes 3D. Su avanzada tecnología permite que los viajeros puedan llevar líquidos y dispositivos electrónicos en la maleta de cabina sin tener que sacarlos durante el control de equipaje. La implementación de estos aparatos en los grandes aeropuertos tiene como objetivo agilizar los procedimientos de acceso a la puerta de embarque.
Sin embargo, esta ventaja no ha sido suficiente para que la Unión Europea autorice su instalación: los C3 están en periodo de prueba desde el 1 de septiembre por una supuesta incapacidad para reconocer explosivos líquidos. Un paso para atrás que traerá de vuelta los escáneres de rayos X, con imágenes de poca definición que obligarán a los viajeros a sacar sus líquidos y aparatos electrónicos durante el control, así como a llevar menos mililitros en sus maletas de mano.