La nueva Ley de Bienestar Animal que está ahora en trámite está ampliando el catálogo de mascotas prohibidas en casa, e incluirá en la lista algunos animales que, hasta ahora, han sido compañeros de piso habituales para mucha gente.
Erizos en 2013
La prohibición de la tenencia o cría de cierto tipo de animales no es nada nuevo. En 2013 el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras ya especificaba ciertas especies prohibidas categóricamente en casa, como mapaches, cotorras argentinas, agapornis, cerdos vietnamitas, tortuga peninsular, erizos o coatíes, entre otros animales.
La nueva Ley de Derechos animales no va a prohibir cualquier especie, sino las que supongan un problema para la seguridad ciudadana, la salud pública o la biodiversidad. En este sentido, existen actualmente tanto un Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y Catálogo Español de Especies Amenazadas como Catálogo de Especies Exóticas Invasoras, ambos elaborados por el MITECO, de especies que previsiblemente no estarán disponibles al público para su comercialización ni tenencia.
Por otro lado, la ley contempla la creación de un listado positivo, que se creará con un comité científico-técnico tras la aprobación de la norma, que incluirá a cualquier animal que estemos habituados a ver como animales de compañía, desde mamíferos —perros, gatos, hámsters o conejos— y aves —periquitos— hasta reptiles e incluso insectos.
Para elaborar este listado, la ley ha redefinido los requisitos que un animal ha de cumplir para figurar en el listado de especies consideradas domésticas. En general, se requiere que la especie sea fácil de atender, que esté acreditado científicamente que puede vivir en cautividad, que no suponga un riesgo por su agresividad, veneno o tamaño.
Finalmente, un punto importante a tener en cuenta para considerar doméstico a un animal es que no haya riesgo de que este pueda convertirse en una especie invasora en caso de escapar. Por ello se ha incluido en la lista a animales como las tortugas, que son importantes portadoras de enfermedades; a los conejos o los roedores, que pueden poner en peligro la biodiversidad el sistema o a los periquitos, por ser una especie silvestre de fauna no presente de forma natural en el país.