Aunque se han establecido los protocolos pertinentes a los tiempos que corren, no todo el mundo tienen claro que la vuelta al cole se vaya a dar con las garantías y previsiones necesarias. La incertidumbre y el miedo han hecho que muchas familias rechacen llevar a los niños al colegio hasta que no haya garantías de cero riesgo, pero la ley no ampara esta opción.
Según el articulo 226 del Código Penal, no llevar al colegio a niños mayores de 6 años puede conllevar desde multas hasta penas de tres a seis meses de prisión. A partir de esa edad la educación es obligatoria, por lo que en caso de que las familias no lleven a sus hijos al colegio estarían incumpliendo la ley. Antes de esa edad no hay imposición alguna, por lo que, en caso de decidir no llevarlos al colegio, no habría problema legal de por medio.
Esta obligatoriedad viene dada entre los 6 y los 16 años, de modo que en caso de comprender dichas edades y faltar al colegio se activaría un protocolo de absentismo escolar que, en el peor de los casos, podría suponer penas de prisión de hasta seis meses.
Autorización judicial para no ir al cole
Para dejar a los niños en casa sin actuar en contra de la ley sería necesario que los padres solicitaran una autorización judicial. Un juez tendría que dar su visto bueno a que los niños no acudieran al centro escolar, y para ello tendría que darse alguno de estos tres supuestos: que haya peligro para el menor, que el menor o alguno de sus familiares estén enfermos o que el colegio no sea seguro.
Educación en casa: ¿es una alternativa viable?
Aunque en muchos otros países sea una realidad, nuestra legislación no comprende ningún tipo de regulación sobre la enseñanza en casa y al margen de los centros formativos.
La ley establece que entre los 6 y los 16 años la educación se debe ejercer en centros homologados para ello, pero no menciona nada de la enseñanza en el hogar. Esta modalidad no está regulada, por lo que estamos ante una especie de limbo educacional.
Lo cierto es que, aunque no sea completamente ilegal, en el momento en el que se falte continuamente al colegio se activará el previamente mencionado protocolo de absentismo escolar. Por todo esto, el único modo de que los niños reciban las clases de manera semipresencial o telemática dependerá del centro y de la comunidad autónoma en la que se encuentre, ya que la educación en el colegio es, sobre el papel, de carácter presencial.
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