Desde este pasado miércoles 1 de noviembre ya se pueden solicitar las ayudas estatales al alquiler en la Comunidad de Madrid –en 2022, lxs madrileñxs destinaron de media un 41,1% de su sueldo a pagar el arrendamiento de una vivienda–. De este modo, al Bono alquiler joven (para menores de 35 años) y otras como esta, se suman ahora dos nuevos programas de ayudas.
Se trata de ayudas directas: el Programa de ayuda al alquiler de vivienda y el Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico. Su objetivo es «facilitar el disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso a sectores de población con escasos medios económicos y mayores de 65 años, y a los jóvenes menores de 35 años», señala el Gobierno regional.
Ambos se rigen por el Real Decreto 42/2022, que regula el Bono alquiler joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 y el periodo subvencionable incluye del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.
Importe y requisitos de las ayudas al alquiler
La cuantía de estas ayudas directas, para ambos programas, es del «50% de la renta o precio mensual que deba satisfacer la persona beneficiaria por el alquiler o uso de su vivienda o habitación habitual y permanente», indica la Comunidad de Madrid.
Los requisitos para solicitar las ayudas, por otro lado, son los siguientes:
Programa de ayuda al alquiler de la vivienda
Para solicitarlo, los ingresos de la unidad de convivencia deben ser menores o iguales a 3 veces el IPREM (alrededor de 24.000€ al año), menores o iguales a 4 veces el IPREM (en el caso de familias numerosas de categoría general, personas con discapacidad o víctimas de terrorismo) y menores o iguales a 5 veces el IPREM (en el caso de familias numerosas de categoría especial y con discapacidad del 33% o más).
También deben cumplir otra serie de requisitos (se pueden consultar al completo en este enlace):
- Personas físicas mayores de edad, incluidas en alguno de los sectores de población con escasos medios económicos o jóvenes.
- Poseer nacionalidad española o estancia o residencia regular en España.
- Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda conforme a la LAU, o de un contrato de cesión de uso de vivienda o de arrendamiento o cesión de uso de una habitación.
- Que la vivienda o habitación arrendada constituya la residencia habitual y permanente.
- No ser propietario o usufructuario de una vivienda en España (salvo excepciones).
- No tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador.
- No ser socio o partícipe del arrendador, exceptuando que se trate de cooperativas de vivienda en cesión de uso y sin ánimo de lucro.
Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico
Para solicitarlo, los requisitos sobre los ingresos de la unidad de convivencia son los mismos que para el Programa de ayudas al alquiler. En cuanto al resto de condiciones, se deben cumplir las siguientes:
- Arrendatarios menores de 35 años.
- Ser titular a fecha de solicitud, o estar en condiciones de suscribir, un contrato de arrendamiento conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos, o de un contrato de cesión de uso de vivienda o de arrendamiento o cesión de uso de una habitación.
- Ingresos mínimos serán igual o superiores a 0.
- El resto de requisitos son idénticos a los del Programa de ayudas al alquiler.
Para lxs beneficiarixs del Bono Alquiler Joven, «la cuantía de la ayuda será de hasta el 40% de la diferencia entre la renta o precio mensual del alquiler y la cuantía de 250 euros mensuales correspondientes al Bono Alquiler Joven». En cualquier caso, la suma entre ambas no podrá exceder el 75% del importe del alquiler.
¿Cómo solicitar la ayuda?
La solicitud se puede realizar tanto de forma presencial como telemática (en cuyo caso se puede encontrar la documentación para el trámite en este enlace). Desde la Comunidad de Madrid recomiendan hacerlo de forma online.
El plazo para solicitar estas ayudas directas es desde el 1 de noviembre y hasta el 15 de diciembre, ambos inclusive y todos los pormenores relativos a documentación y normativa se pueden consultar en esta página web.